Búsqueda de personas desaparecidas. El 14 de octubre de 2026, en Morelia, Michoacán, el Pleno de la 76 Legislatura aprobó por unanimidad la Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas del Estado de Michoacán de Ocampo, estableciendo protocolos obligatorios para la búsqueda de personas desaparecidas.
Antecedentes
La ley deriva del Dictamen elaborado por la Comisión de Justicia sobre una iniciativa presentada por Belinda Iturbide Díaz. Establece que la búsqueda debe iniciarse desde el primer reporte, bajo presunción de vida y enfoque de derechos humanos, sin trasladar responsabilidades al Estado a las familias.
Cifras clave
- 76 Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán
- Aprobación por unanimidad el 14 de octubre de 2026
- Artículo 26 define como falta grave el incumplimiento injustificado o actuación negligente en las obligaciones relacionadas con la búsqueda
Qué sigue
Entrada en vigor inmediata de la ley, con creación del Sistema Estatal de Búsqueda, Fiscalía Especializada y Registro Estatal de Personas Desaparecidas y No Localizadas.
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