Espacios dignos de espera. El 14 de octubre de 2026 en Morelia, Michoacán, entró en vigor la adición del artículo 16 Bis a la Ley de Salud del Estado, que establece el derecho a espacios dignos de espera para familiares, personas cuidadoras y acompañantes de pacientes hospitalizados.
Antecedentes
El Pleno del Congreso del Estado aprobó esta reforma para garantizar condiciones adecuadas en las instituciones públicas del Sistema Estatal de Salud, ante la necesidad de atender a quienes cumplen funciones clave de apoyo emocional y comunicación durante la hospitalización.
Cifras clave
- Entrada en vigor: 14 de octubre de 2026
- Ámbito de aplicación: todas las instituciones públicas del Sistema Estatal de Salud de Michoacán de Ocampo
- Implementación: gradual, sujeta a disponibilidad presupuestaria y capacidad operativa de cada institución
Qué sigue
La habilitación y adecuación progresiva de espacios dignos de espera por parte de las instituciones públicas, dentro de sus competencias.
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