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Michoacán impulsa regulación de vehículos recreativos para frenar deterioro ambiental

La diputada Sandra Arreola Ruiz presentó una iniciativa para regular vehículos recreativos.

La diputada Sandra Arreola Ruiz, coordinadora de la bancada del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en el Congreso de Michoacán, presentó una iniciativa de reforma que busca regular la circulación de vehículos recreativos todo terreno —conocidos como “razers”— en las Áreas Naturales Protegidas y zonas de importancia ecológica del estado[1]. La propuesta surge como respuesta a un aumento alarmante de denuncias ambientales que pasaron de 111 en 2023 a 332 en 2024, triplicándose en apenas un año[1].

Los daños causados por la circulación desregulada de estos vehículos en bosques, montañas, cuerpos de agua y rutas comunitarias van más allá de lo que muchos ciudadanos perciben. Cada neumático que compacta el suelo impide la regeneración natural del bosque, mientras que el ruido de los motores desplaza a la fauna que depende de ese equilibrio ecológico. Las rutas improvisadas fragmentan ecosistemas que tardaron décadas o incluso siglos en formarse[1].

Las Áreas Naturales Protegidas más afectadas se encuentran en municipios como Morelia, Pátzcuaro, Uruapan y Parácuaro[1]. El uso inapropiado de estos vehículos también impide la reforestación natural, ya que la flora es arrasada por el paso de las unidades, generando un ciclo de deterioro que se acelera año tras año.

Es importante destacar que la propuesta de Arreola Ruiz no busca prohibir la recreación ni el turismo, sino establecer un marco jurídico claro que ordene y regule el uso de estos vehículos en zonas ecológicamente sensibles. La iniciativa contempla reformas a la Ley de Protección y Preservación del Ambiente del Estado, incorporando en el artículo 4° la definición de Vehículo Recreativo Todo Terreno —identificándolos como RZR, cuatrimotos y side-by-side— como fuentes móviles de contaminación sujetas a regulación[1].

Asimismo, propone reformar el artículo 8° para otorgar a la Secretaría de Medio Ambiente la facultad expresa de regular, limitar y sancionar la circulación de estos vehículos en zonas protegidas[1].

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