Morelia, Michoacán, 7 de octubre de 2025. En una sesión histórica, el Congreso del Estado de Michoacán aprobó la Minuta de Decreto Número 176, que reforma la Constitución Política local para garantizar la **igualdad sustantiva entre hombres y mujeres** y el derecho de toda persona a vivir libre de violencia. Esta acción legislativa representa un avance significativo en la protección de los derechos humanos y la erradicación de la discriminación y violencia de género en la entidad.
### Cambios clave en la Constitución de Michoacán
Las reformas incluyen modificaciones en varios artículos fundamentales de la Constitución del Estado, entre ellos el artículo 1°, 2°, 99, 100, 123 y 148, con el objetivo de:
– **Establecer la igualdad sustantiva** como principio rector, garantizando que hombres y mujeres tengan las mismas oportunidades y derechos reales, no solo formales.
– Incorporar el derecho de toda persona a vivir libre de violencia, con especial énfasis en la protección de mujeres, niñas, niños y adolescentes.
– Obligar a que los nombramientos en la administración pública estatal y municipal respeten el principio de **paridad de género**.
– Crear la Fiscalía Especializada en Delitos relacionados con las Violencias de Género, para fortalecer la atención y sanción de estos delitos.
– Regular la actuación de las instituciones de seguridad pública bajo principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, perspectiva de género y respeto a los derechos humanos.
### Impacto social y político de las reformas
Estas reformas no solo cumplen con mandatos nacionales e internacionales en materia de derechos humanos, sino que también responden a una demanda social creciente por la igualdad real y la erradicación de la violencia de género. La igualdad sustantiva implica ir más allá de la igualdad formal

