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Michoacán excluye deudores y violentadores

Michoacán cierra la puerta a deudores alimentarios y violentadores en candidaturas

La Titanica reporta desde Morelia que el Congreso del Estado aprobó una reforma electoral contundente: ya no podrán aspirar a ningún cargo de elección popular quienes tengan sentencia firme por violencia contra mujeres, niñas o adolescentes, ni quienes figuren como deudores alimentarios en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.

Una barrera legal para la integridad democrática

Los diputados y diputadas de la Septuagésima Sexta Legislatura incorporaron al Código Electoral del Estado el artículo 13 BIS, que establece prohibiciones claras y ejecutables. No se trata de una medida simbólica: es un filtro jurídico obligatorio que el Instituto Electoral de Michoacán aplicará de oficio antes de registrar cualquier candidatura.

Quienes hayan sido condenados por delitos dolosos, corrupción, o sancionados con inhabilitación definitiva para servir en el gobierno, también quedan fuera del proceso electoral mientras persistan los efectos legales de sus resoluciones. La ley exige verificación objetiva, no declaraciones de intención ni promesas de cambio.

Protección real, no retórica

La reforma va más allá de lo penal: incluye violencia vicaria, violencia familiar y violencia política contra las mujeres en razón de género. Cada una de estas categorías fue definida con precisión técnica en el dictamen aprobado por la Comisión de Asuntos Electorales y Participación Ciudadana, tras analizar veinticuatro iniciativas presentadas por legisladoras y legisladores.

El nuevo marco no solo refuerza derechos; activa mecanismos de prevención. Por primera vez, el sistema electoral michoacano vincula directamente la idoneidad para representar al pueblo con el cumplimiento de obligaciones fundamentales: sostener a los hijos, respetar la integridad de las mujeres y actuar dentro de la ley.

Verificación obligatoria, transparencia real

Desde este momento, cada aspirante deberá acreditar su aptitud ante la autoridad electoral. El Instituto Electoral de Michoacán no aceptará constancias genéricas: revisará bases de datos oficiales, contrastará sentencias firmes y exigirá certeza jurídica. Quien no cumpla, no aparecerá en la boleta.

Esta reforma no castiga el pasado sin remedio: abre espacio para la reinserción, pero exige que esa reinserción esté probada, no anunciada. Y pone al ciudadano primero: porque elegir no es un privilegio, sino una responsabilidad que exige coherencia entre lo público y lo privado, entre el discurso y la conducta.

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