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Reforma Fiscal en Michoacán: Dependencias Públicas Obligadas a Guardar Comprobantes de Pago por 5 Años

Reforma en Michoacán exige conservar comprobantes de pago por cinco años.

Reforma fiscal en michoacán dependencias públicas obligadas a guardar comprobantes de pago por 5 años

En un paso clave para blindar los derechos de los contribuyentes, la 76 Legislatura del Congreso de Michoacán aprobó una reforma al Código Fiscal Municipal que impone a las dependencias públicas la conservación de documentación comprobatoria de pagos durante cinco años. Esta medida, nacida de una iniciativa de la diputada Ana Belinda Hurtado Marín, busca generar certeza jurídica y evitar disputas en cobros o aclaraciones fiscales[2].

Detalles de la Aprobación en Sesión Extraordinaria ⚖️

Durante una Sesión Extraordinaria, el Pleno Legislativo dio luz verde al dictamen de la Comisión de Hacienda y Deuda Pública. Entre los cambios destacados:

  • Derogación del artículo 24 del Código Fiscal Municipal.
  • Adición del Título Tercero BIS con un Capítulo Único y el artículo 53 Bis, que desplaza numéricamente los subsecuentes.

El artículo 53 Bis establece con claridad: las dependencias públicas involucradas en la determinación, administración o cobro de contribuciones, así como los contribuyentes, deben resguardar la documentación en su domicilio fiscal por cinco años. Esta debe estar “disponible, íntegra y accesible” para verificaciones de autoridades fiscales[2].

Como bien dice el refrán, “mejor prevenir que curar”, y esta reforma actúa precisamente como un escudo preventivo contra posibles controversias.

Beneficios para Contribuyentes y Autoridades 💼🔍

La Comisión de Hacienda subraya que la norma fortalece los derechos de los pagadores de impuestos, al tiempo que equilibra responsabilidades. Algunos impactos clave incluyen:

  • Certeza en aclaraciones: Facilita revisiones sobre pagos o cobros, reduciendo malentendidos.
  • Obligación recíproca: Tanto autoridades como contribuyentes conservan pruebas, promoviendo transparencia.
  • Accesibilidad inmediata: Los documentos deben estar listos para inspecciones, evitando demoras.
Aspecto Antes de la Reforma Con la Reforma (Artículo 53 Bis)
Plazo de Conservación No especificado con claridad para dependencias 5 años obligatorios para todos[2][4]
Responsables Principalmente contribuyentes Dependencias públicas + contribuyentes[2]
Disponibilidad Variable Íntegra y accesible en domicilio fiscal[2]
Propósito Principal Cu
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