Contexto y Propuesta
La Comisión de Justicia, encabezada por la diputada Giulianna Bugarini, fue la encargada de dictaminar la propuesta que reforma el artículo 57 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán. La reforma establece que un servidor público comete abuso cuando, por actos u omisiones, incurra en conductas de acoso sexual, hostigamiento sexual o cualquier otra forma de violencia que atente contra la dignidad, derechos e integridad de las personas.
Conductas Sancionables
- Acoso sexual y hostigamiento: Cualquier comportamiento físico o verbal de naturaleza sexual que atente contra la dignidad de una persona.
- Violencia institucional: Uso del cargo para menoscabar los derechos humanos o generar un ambiente hostil que vulnere el respeto, la igualdad y el desarrollo de las personas afectadas.
- Explotación laboral y exigencias desmedidas: Crear entornos laborales hostiles que afecten la integridad de los trabajadores.
Impacto y Beneficios
La aprobación de estas reformas no solo busca sancionar a los responsables, sino también:
- Erradicar la violencia: Al dejar claros los mecanismos para sancionar estas conductas, se abona a erradicar la violencia y desigualdad en el ámbito laboral.
- Proteger a las víctimas

