Morelia, Michoacán, 16 de octubre de 2025 — En un paso decisivo para la transparencia y la eficiencia en la gestión del agua potable, la Septuagésima Sexta Legislatura del Estado de Michoacán aprobó reformas clave a la Ley del Agua y Gestión de Cuencas. Estas modificaciones obligan a los organismos operadores municipales a emitir comprobantes de pago que sean legibles y durables, ya sea en formato físico o digital, garantizando que coincidan con los registros oficiales de pago de los usuarios.
Cambios esenciales en la emisión de comprobantes de pago
La reforma al artículo 45 de la ley establece que los recibos deben incluir la fecha de expedición y ser claros para los usuarios, fortaleciendo así la rendición de cuentas y la transparencia en el cobro de servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento. Además, se incorpora la obligación de que los comprobantes digitales sean accesibles a través de medios electrónicos, adaptándose a las nuevas tecnologías y facilitando el acceso a la información para los ciudadanos.
Propuestas municipales para tarifas y descuentos
Los ayuntamientos no solo mantendrán la facultad de proponer cuotas y tarifas basadas en los costos reales del servicio, sino que ahora también deberán incluir programas de descuentos para adultos mayores, un sector vulnerable que se beneficia de esta medida social. Esta disposición busca equilibrar la sostenibilidad financiera de los servicios con la justicia social.
Mejoras en infraestructura y gestión hídrica
La reforma también contempla que los organismos operadores puedan sugerir mejoras en sistemas de captación, conducción, tratamiento y reutilización de aguas residuales, así como en la prevención de la contaminación hídrica. Esto apunta a una gestión integral y sustentable del recurso vital, en línea con los principios de eficiencia y protección ambiental que rigen la ley estatal.
Responsabilidad y marco constitucional
La Comisión de Desarrollo Urbano y Rural del Estado está encargada de asegurar que estas reformas se implementen dentro del marco constitucional, garantizando así la protección del derecho humano al agua.
